18/12/2023
Desde el pasado 29 de noviembre de 2023, ha entrado en vigor en Cataluña el Decreto 192/2023, de 7 de noviembre (DOGC 9037  de 9/11/2023) relativo a la seguridad de los establecimientos, las instalaciones y los productos, en el marco general de desarrollo de la Ley 9/2014 de seguridad industrial.

Hacemos referencia a esta norma ya que tiene afectación sobre los dos ámbitos generales de trabajo de COMPRETEC: las instalaciones de equipos a presión y las de sistemas de protección contra incendios. Desde el punto de vista práctico, resulta interesante destacar el contenido del Anexo 2, en el que se incluyen las Instrucciones Técnicas Adicionales (ITA), que son un complemento y ampliación a lo establecido en los correspondientes reglamentos sectoriales.

La ITA-6 hace referencia a las instalaciones de protección contra incendios. Se indican la relación de trámites administrativos a las que están sujetas las instalaciones de protección activa, la documentación asociada a las mismas, así como las inspecciones periódicas que deben realizarse. Adicionalmente destacaríamos la clarificación al respecto de la inscripción en el Registro de Instalaciones Técnicas de Seguridad de Cataluña (RITSIC). Antes de la puesta en servicio de las instalaciones, los titulares (o sus representantes legales) deberán presentar una Declaración Responsable, pagar la tasa correspondiente, y disponer de la siguiente documentación:

  • Proyecto o Memoria Técnica, redactada por técnico titulado competente.
  • Certificado emitido por empresa instaladora autorizada.
  • Contrato de mantenimiento con una empresa mantenedora autorizada.
Es también conveniente destacar que las instalaciones sujetas a esta obligatoriedad de inscripción son:
  • Todas aquellas afectadas por el Código Técnico de la Edificación (CTE).
  • Todas aquellas afectadas por el Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales (RSCIEI)
salvo que únicamente estén compuestas por sistemas de extintores o mantas ignífugas, o bien aquellas que forman parte de otra instalación de seguridad industrial, con reglamentación específica en materia de protección contra incendios.

La instalación de equipos a presión se trata en la ITA-8, que además incluye un apéndice específico para las instalaciones de recarga e inspección de botellas de equipos respiratorios autónomos (ITC EP-5 RD 809/2021).
Esta web utiliza cookies técnicas, de personalización y análisis, propias y de terceros, para facilitarle la navegación de forma anónima y analizar estadísticas del uso de la web. Consideramos que si continúa navegando, acepta su uso.